En política y en litigación hay maniobras que no buscan esclarecer los hechos, sino cambiar el foco. No buscan responder la pregunta central, sino reemplazarla por otra más cómoda. No buscan enfrentar el problema, sino administrarlo. Eso es exactamente lo que parece ocurrir en la estrategia desplegada por Mauricio Daza en defensa de Antonieta Oyarzo: una operación jurídica vistosa, ruidosa y técnicamente envuelta en lenguaje constitucional, pero orientada, en lo esencial, a desviar la mirada del punto verdaderamente grave de este caso.
Porque aquí el asunto de fondo no es una exquisitez doctrinaria. No es una discusión de salón sobre el alcance abstracto de una presunción legal. No es una clase de teoría constitucional. Aquí hay algo mucho más sencillo, mucho más concreto y mucho más brutal: un grupo de docentes y asistentes de la educación querelló a Antonieta Oyarzo, en su calidad de alcaldesa de Natales y presidenta de la Corporación de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales, imputándole delitos vinculados a descuentos previsionales y de salud que, según la querella, fueron retenidos en las liquidaciones pero no enterados a las instituciones correspondientes.
Y lo que esa querella relata no es menor ni decorativo. Habla de trabajadoras y trabajadores que comenzaron a investigar por cuenta propia al advertir que lo descontado de sus remuneraciones no aparecía pagado. Habla de rechazos de créditos, de problemas con cajas de compensación y entidades bancarias, de hostigamiento por cobranza, de desgaste psicológico, de afectación familiar y de la amenaza concreta de quedarse sin cobertura médica. Habla, incluso, de casos con más de catorce meses impagos y de deudas que, según se afirma, venían desde enero de 2022. Ese es el caso real. Ese es el escándalo. Ese es el hecho que compromete no solo patrimonios individuales, sino la confianza pública completa en una administración comunal.
Frente a eso, uno esperaría una defensa orientada a explicar hechos, aclarar decisiones, transparentar documentos, individualizar responsables efectivos y enfrentar el mérito de las imputaciones. Pero no. La apuesta fue otra. Mauricio Daza presentó un requerimiento ante el Tribunal Constitucional para impugnar la aplicación del inciso segundo del artículo 3 de la Ley 17.322, sosteniendo que esa norma consagra una presunción de derecho que afectaría garantías constitucionales de su representada en la causa penal seguida en Puerto Natales. Traducido a lenguaje simple: en vez de responder primero por el agujero institucional que denuncia la querella, la defensa intenta correr la discusión hacia la supuesta inconstitucionalidad del instrumento jurídico que protege el pago de cotizaciones.
Y eso, por muy sofisticado que suene, políticamente tiene un nombre bastante menos elegante: cortina de humo.
Porque el requerimiento no parte desde el drama de los trabajadores. Parte desde la incomodidad procesal de la imputada. Lo dice con claridad: la defensa busca impedir que esa norma opere en la audiencia de formalización y en el debate sobre eventuales medidas cautelares personales. Es decir, el eje no está puesto en despejar si hubo o no un perjuicio masivo a funcionarios de la educación pública, sino en bloquear o dificultar el avance procesal del caso en una etapa decisiva. Jurídicamente podrá ser una facultad. Pero moral y políticamente revela perfectamente el orden de prioridades. Primero, la situación penal de la ex autoridad. Después, si acaso, las consecuencias sufridas por quienes dependían de que sus descuentos fueran correctamente enterados.
Más aún: el escrito de defensa desarrolla una tesis que, además de agresiva, resulta reveladora de su lógica de fondo. Sostiene, en términos simples, que “solo se puede apropiar algo que existe”, y que si los recursos no estaban, entonces no se habría concretado materialmente la apropiación. Es una frase que pretende lucir demoledora, pero que en realidad desnuda el problema. Porque incluso leída del modo más favorable para la defensa, la idea sigue dejando a la vista una administración incapaz de asegurar el entero de recursos descontados a trabajadores. Y si los recursos “no estaban”, como se insinúa, la pregunta no desaparece: se vuelve todavía más grave. ¿Cómo una administración pública o para-pública llegó a un punto en que descuenta dineros sensibles de remuneraciones y luego su defensa sugiere que esos fondos ni siquiera existían materialmente al momento de ser exigibles? Eso no limpia la escena. La oscurece más.
Aquí conviene decir algo que a veces se pierde entre alegatos rimbombantes: las cotizaciones no son una gentileza del empleador. No son caja disponible para capear problemas de gestión. No son una línea flexible para ganar tiempo político. Son parte de la remuneración del trabajador y forman parte de su red de seguridad social. La propia querella lo expone con crudeza al describir cómo la falta de entero afecta pensiones, salud, acceso al crédito y estabilidad familiar. Cuando lo descontado no llega a destino, no estamos ante una mera descoordinación contable; estamos ante una lesión directa a derechos básicos y a la confianza mínima que debe existir entre trabajador, institución y autoridad.
Por eso también irrita la pretensión de vestir esta defensa con épica garantista. El garantismo serio protege a las personas frente al abuso del poder. Pero no puede transformarse en coartada retórica para invisibilizar a quienes dicen haber sido perjudicados por una administración deficiente o derechamente ruinosa. En este caso, la estrategia de Daza parece buscar exactamente eso: convertir a Antonieta Oyarzo en protagonista de una supuesta cruzada constitucional, mientras los docentes y asistentes quedan reducidos a un telón de fondo incómodo, útil solo como material de litigio. No es una defensa pensada para iluminar la verdad. Es una defensa diseñada para cambiar la conversación.
Y ahí es donde aparece el daño mayor: la fe pública.
Porque Antonieta Oyarzo no era una empleadora cualquiera. No era la administradora de una pyme privada sin proyección institucional. Era alcaldesa y, según la propia querella, presidenta de la corporación involucrada. Eso coloca el caso en una dimensión distinta. Cuando una autoridad comunal queda asociada a imputaciones por descuentos previsionales y de salud no enterados, el debate deja de ser estrictamente penal y se vuelve también institucional. Ya no se trata solo de si se configuran o no determinados tipos penales. Se trata de si la ciudadanía puede confiar en que quienes administran recursos vinculados a educación, salud y seguridad social entienden la gravedad de tocar, retrasar o desordenar dineros que pertenecen, en sustancia, a los trabajadores.
La querella es especialmente dura en ese punto. Afirma que la deuda previsional no fue transparentada ni aclarada por la corporación; que generó multas, reajustes e intereses; y que afectó principios esenciales como la probidad administrativa y la responsabilidad en el uso de recursos públicos. También sostiene que se trataría de una situación conocida públicamente y que habría sido reconocida por la propia alcaldesa. Esa sola descripción ya es devastadora para cualquier estándar serio de gestión pública. Porque una administración puede equivocarse. Lo que no puede hacer es normalizar el daño, esconderlo tras evasivas y luego presentarse como víctima principal de una discusión jurídica que ella misma contribuyó a provocar.
Por supuesto, corresponde decirlo con claridad: una querella no equivale a una condena. La responsabilidad penal debe establecerse en tribunales, con prueba, defensa y debido proceso. Nadie serio debiera saltarse esa regla. Pero tampoco corresponde fingir neutralidad moral frente a una estrategia que intenta reemplazar una discusión sobre trabajadores afectados por una batalla de técnica constitucional. Porque el problema no es que Mauricio Daza defienda con energía a Antonieta Oyarzo. Para eso fue contratado. El problema es cómo lo hace y qué relato trata de instalar.
Y el relato que intenta instalar es peligroso: que el verdadero abuso no estaría en el eventual no pago de descuentos a trabajadores, sino en que el sistema jurídico se atreva a tratar con severidad ese incumplimiento. Que el escándalo no sería el daño provocado a docentes y asistentes de la educación, sino la norma que dificulta escabullirse cuando las remuneraciones fueron pagadas y las cotizaciones no llegaron. Que el centro de gravedad del caso no estaría en Puerto Natales ni en sus trabajadores, sino en la incomodidad procesal de una ex autoridad y de su abogado estrella.
No. El centro del caso sigue estando donde siempre estuvo: en los trabajadores que, según la querella, vieron cómo se les descontaba dinero sin que ese dinero llegara a destino; en la administración que tenía el deber de resguardar esos fondos; y en una comunidad que tiene derecho a exigir que el poder local no juegue con la seguridad social de su gente. Todo lo demás, por vistoso que parezca, se parece demasiado a una maniobra de distracción.
Y cuando la defensa de una ex alcaldesa necesita convertir una crisis de gestión y confianza en una pieza de humo constitucional para evitar hablar del fondo, no estamos ante una muestra de fortaleza. Estamos ante una confesión política de debilidad.
