Puerto Natales

Tribunal Constitucional acoge requerimiento de defensa de exalcaldesa Oyarzo y suspende formalización

La audiencia de formalización de Antonieta Oyarzo Alvarado, exalcaldesa de Puerto Natales, no se realizará este jueves 16 de abril según lo previsto. El Tribunal Constitucional acogió a trámite el requerimiento de inaplicabilidad presentado por su defensa y decretó la suspensión del procedimiento penal, medida que se extiende hasta que se resuelva la admisibilidad del recurso.

La resolución, fechada el 10 de abril y dictada por la Segunda Sala del TC bajo el Rol N°17.474-26-INA, fue pronunciada por la ministra presidenta subrogante Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida y los ministros Raúl Eduardo Mera Muñoz, Marcela Inés Peredo Rojas y Mario René Gómez Montoya. El tribunal ordenó además notificar al Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Natales para que dejara constancia en el expediente y confirió traslado a las demás partes por un plazo de diez días para que se pronuncien sobre la admisibilidad del requerimiento.

El abogado Mauricio Daza presentó el requerimiento el 30 de marzo, tres días antes de la audiencia programada, impugnando el inciso segundo del artículo 3° de la Ley N°17.322. Esa norma establece una presunción de derecho: se presume, sin admitir prueba en contrario, que el empleador efectuó los descuentos previsionales por el solo hecho de haber pagado total o parcialmente las remuneraciones de los trabajadores.

La defensa argumenta que aplicar esa presunción en un proceso penal viola tres garantías constitucionales del artículo 19 N°3: la prohibición expresa de presumir de derecho la responsabilidad penal, la igual protección de la ley, y las garantías de un procedimiento racional y justo. El argumento central es que la presunción le impide a Oyarzo probar que los fondos para pagar las cotizaciones simplemente no existían, es decir, que no hubo apropiación porque no había dinero que apropiarse.

“Maniobra dilatoria”

La abogada Camila Melero, que representa a los 29 docentes y cuatro asistentes de la educación querellantes, calificó el recurso como “un subterfugio para aplazar el juzgamiento de su responsabilidad penal” y advirtió que se trata de “una acción meramente dilatoria con escaso fundamento jurídico”.

Melero advierte además que la tramitación del requerimiento ante el TC puede extenderse entre seis meses y un año, período durante el cual el proceso penal permanecerá suspendido.

Tras conocer la resolución del tribunal, la abogada fue más directa aún: “La interposición de esta acción es una muestra más acerca de la poca importancia que le merece a la exalcaldesa el no pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores del área de educación, y el temor a que el proceso penal siga su curso normal y sea sancionada conforme a derecho”.

Y agregó: “Si estuviera segura de su absolución, jamás hubiese interpuesto dicha acción constitucional”.

El contexto del caso

Oyarzo se desempeñó como alcaldesa de Puerto Natales entre 2021 y 2024. La querella fue interpuesta en mayo de 2024, cinco meses antes de las elecciones municipales en que perdió la reelección. Los hechos imputados corresponden al período agosto 2022-diciembre 2023, cuando la Corporación de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales (Cormunat) -cuyo consejo presidía Oyarzo en su calidad de alcaldesa- habría descontado cotizaciones de los sueldos de los trabajadores sin enterarlas a las instituciones de seguridad social. Esas deudas fueron posteriormente traspasadas al Servicio de Educación Pública de Magallanes (Slep), manteniéndose el perjuicio para los afectados.