El cobro de 12 mil pesos por el derecho a uso -por cada salida de un bus- del terminal rodoviario de Puerto Natales conllevó a que la gerencia de Buses Fernández que este 4 de octubre cumple 72 años, estallara en cólera e impugnara judicialmente la medida impuesta por el alcalde Fernando Paredes Mansilla.
El recurso de amparo económico que deberá fallar la Corte de Apelaciones, solicita el cese de actuaciones arbitrarias e ilegales que constituye la infracción al artículo 19 Nº21 de la Constitución Política de la República, consistentes en la fijación y cobro de derechos para el uso del Terminal Municipal de Buses y la restricción de circulación de vehículos de transporte de pasajeros en un perímetro de la ciudad de Puerto Natales.
Y, es que además del cobro por el uso del rodoviario, por decreto alcaldicio de fecha 7 de mayo de 2019, se aprueba la ordenanza municipal sobre circulación y estacionamiento de camiones, buses y demás vehículos en la vía pública de Puerto Natales, normativa municipal que establece un polígono de restricción para la circulación de buses, en el cual se incluye, geográficamente, el terminal de Buses Fernández que se utiliza actualmente de manera preferente para carga y encomiendas.
Sobre el pago de 12 mil pesos por la utilización del terminal, el escrito hace mención que con fecha 3 de agosto pasado, a dicha empresa le fue remitido un aviso que da cuenta de un cobro por dicho monto por derecho a losa o uso de la plataforma de circulación del Terminal de Buses Rodoviario de Puerto Natales, por cada una de las ocasiones en que los buses la utilicen, esto es, por cada salida de bus con pasajeros.
Tal medida fue comunicada a las empresas del rubro por la Corporación Municipal de Cultura, Turismo y Patrimonio de Puerto Natales, presidida por el alcalde Fernando Paredes, entidad que, eventualmente, tiene la calidad de administrador del recinto y a quien se debe pagar para tales efectos. Posteriormente, el 26 de agosto, se le remitió a la empresa la primera factura de cobro.
Un poco de historia
En la presentación legal, se señala que el año 2013 y luego de dos años sin uso, el alcalde Fernando Paredes solicitó a las empresas de transporte de pasajeros del servicio interurbano, que se trasladaran a dichas dependencias con el fin de contribuir a la generación de un polo de desarrollo para la actividad turística y de transporte desde dichas locaciones.
En el caso de Buses Fernández, dicha invitación fue desechada toda vez que, con su esfuerzo y su propia inversión, contaba con un terminal para carga y pasajeros en calle Eleuterio Ramírez, el que cumplía y cumple con la normativa aplicable en dicha época, por lo cual resultaba “absurdo” -tal lo cual lo señala en su presentación- trasladarse a un lugar donde se tendría que pagar distintas sumas de dinero por arriendo de dependencias y utilización de losa para los buses.
Sin embargo, luego de una serie de conversaciones y acuerdos con el alcalde, en septiembre de 2013, la empresa decidió el traslado de su actividad económica al rodoviario municipal, fundamentalmente en atención a que no se cobraría derecho a losa, aunque con la condición que el terminal propio de calle Ramírez se mantendría en funcionamiento, especialmente para efectos de la carga, pues no existía intención alguna de renunciar a dicho terminal.
De acuerdo a lo anterior, en el segundo semestre de 2013 se suscribieron tres contratos con la Municipalidad de Puerto Natales, los que tenían por objeto el arriendo de dependencias para iniciar operaciones en el terminal, pero sin que ninguno de ellos se estableciera el pago de derechos por el uso de losa o por la circulación de los buses al interior del terminal.
Durante muchos años se cumplieron los acuerdos contraídos por parte de la Municipalidad de Puerto Natales, y especialmente por su alcalde don Fernando Paredes hasta que a comienzos de este año se comunicó -de manera informal- que se comenzaría con un eventual cobro de derecho a losa o circulación de buses dentro del Terminal Municipal, cuestión que siempre rechazamos, pues el compromiso y la voluntad de las partes era que el uso del Rodoviario, en lo que se refiere a la utilización de la losa y la circulación de buses no estuviera sujeta al pago de derechos, pues en el caso de mi representada, al poseer un terminal propio, no le resultaba conveniente trasladarse en que caso que hubiera existido tal cobro.
Acusa engaño
Al respecto el abogado patrocinante Francisco Santibáñez, sostiene en el escrito que así, de manera soterrada, engañosa y subrepticia, la administración, mediante una serie de actos, pero fundamentalmente mediante el Decreto Alcaldicio N°431 que fija el “derecho de losa”, decreto de fecha 25 de marzo del año en curso, y el Decreto Alcaldicio N°664, que regula el tránsito de vehículos y fija un perímetro de circulación para los de transporte de pasajeros y carga, ambos de 2019, se han vulnerado normas jurídicas, configurando ilegalidades e incluso arbitrariedades, que impiden a Buses Fernández el libre ejercicio de su actividad económica, esto es, el transporte de pasajeros y carga en la comuna de Puerto Natales.
En su opinión, la ilegalidad se configura -en primer lugar- dado que por medio de un procedimiento irregular se ha establecido el cobro de un derecho de losa o de uso de plataforma de circulación del terminal Rodoviario, el cual implica a mi representada el pago de un monto absolutamente desproporcionado, que carece absolutamente de razonabilidad, violando con ello el mandato del artículo 53 de la Ley 18.575, haciendo imposible a su representada seguir su actividad en el terminal municipal, al no ser posible sostener financieramente ese costo.
El 13 de septiembre la Corte de Apelaciones declaró admisible el recurso de amparo económico, decretando un plazo de 6 días para que el alcalde evacue su informe al tenor de la presentación legal.