Empresas recurren a la justicia tras decreto de alcalde Paredes por cobros en el uso del rodoviario de Natales

A mediados de septiembre la empresa de transporte interprovincial Buses Fernández interpuso un recurso de amparo económico ante la Corte de Apelaciones, acusando ilegalidad y arbitrariedad por parte de la Municipalidad de Natales en el cobro del derecho a uso del terminal rodoviario de la ciudad.

A la par, el pasado miércoles 9 del presente mes el abogado Pedro Venegas, representante de las empresas Bus Sur y Turismo Zaahj, presentó un recurso de protección ante el mismo tribunal de alzada, en contra de la Corporación Municipal de Natales, representada por el alcalde de la ciudad Fernando Paredes, denunciando haber emitido en forma ilegal y arbitraria  una carta de cobranza a las referidas compañías turísticas por concepto de uso de la plataforma de circulación.

Según refiere la acción judicial, ambas empresas familiares comenzaron a operar en la Patagonia chilena desde la década del 60, y a partir del año 2013, cuando se edificó el rodoviario, fue el mismo jefe comunal quien instó a las empresas de transportes a trasladar sus dependencias hasta el terminal, con el objeto de contribuir al desarrollo del turismo y el transporte en Natales.

A raíz de aquello se suscribieron contratos, acuerdos y se dictó una ordenanza, en la que se estableció el ordenamiento que rige dicho terminal, no determinando los derechos de losa debido a una serie de acuerdos pactados en forma consensual con el alcalde Paredes, quien se habría comprometido a no realizar estos cobros, para fomentar que las empresas se trasladaran al rodoviario.

En octubre de 2018, el municipio entregó por cuatro años la administración del inmueble a la referida corporación, y el 9 de octubre se remitió una carta enviada a Bus Sur y Turismo Zaahj en la que se da cuenta de una deuda vigente con dicha entidad por los montos de $3.132.000 y $ 3.024.000, por concepto de plataforma de circulación y de $144.000 respectivamente, cobro que emana del decreto alcaldicio N°0431, que fija como valor de derechos municipales correspondiente al denominado “derecho de losa”, la suma de $12.000, decreto que es catalogado por el recurrente como “del todo ilegal”.

Además se reclama que la Corporación Municipal se define como una entidad sin fines de lucro, empero se establece a su favor un cobro por uso de plataforma de circulación por una suma de $12.000 por cada salida con pasajeros desde dicha losa. 

El recurso deducido persigue obtener el restablecimiento y la protección de los derechos y garantías constitucionales de las empresas de buses interprovinciales y se solicita una orden de no innovar hasta que se resuelva esta acción judicial.