Ante la Corte Suprema apeló la directora provincial del Trabajo, al rechazar la Corte de Apelaciones de Punta Arenas el recurso de protección, donde denunciaba haber sido discriminada por su condición de salud.
En su fallo, la Corte estimó que no se había incurrido en ninguna actuación discriminatoria al informarle a la funcionaria que, por haber sido acogida su invalidez transitoria parcial que ella misma tramitó, debía dejar su cargo o declararse éste vacante seis meses después de emitida la declaración de invalidez.
La administradora pública, Gabriela Alvarez Pérez, de 32 años, ingresó por concurso público a la Dirección del Trabajo en 2009, recién egresada de la universidad. En agosto de 2014 ganó el concurso para desempeñarse como inspectora provincial del Trabajo de Ultima Esperanza (jefa de la oficina provincial) por tres años. En diciembre de 2017 nuevamente ganó este concurso por el mismo plazo de tiempo.
Dos años antes de ser inspectora provincial sufrió una enfermedad renal, siendo trasplantada el año 2012. En noviembre del año pasado tramitó su pensión de invalidez, solicitado ser acogida en la Ley de Inclusión Laboral. En enero de este año se acreditó esta condición con un porcentaje de un 52% de discapacidad.
En la apelación ante la Suprema indica que el actuar de su empleador es arbitrario en el acto administrativo de notificación de dejar su cargo.
Además que junto a la solicitud de pensión se hizo la solicitud de acceso a la Ley de Inclusión, lo cual estaba en conocimiento de su empleador, quien hasta hoy pese a haber transcurrido más de 6 años desde su trasplante y en conocimiento de la solicitud de conservar su puesto de trabajo no ha respondido su solicitud de acceso a la mencionada norma legal. Gabriela Alvarez se mantiene como inspectora provincial del Trabajo al existir una orden de no innovar mientras se resuelve su recurso.